PROGRAMA DE ACCIÓN PARA EL DECENIO DE LAS
AMÉRICAS
POR LOS DERECHOS Y LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
(2016-2026)
Aprobado en la 48 asamblea de la Organización de Estados Americanos - junio 2018
LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN DE
LOS ESTADOS AMERICANOS,
TENIENDO PRESENTE la Carta de la Organización
de los Estados Americanos (OEA), la Declaración Americana de los Derechos y
Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el
Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en
Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San
Salvador”, y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad;
DESTACANDO que los Estados Miembros de la OEA
se han ocupado de las personas con discapacidad en diversas resoluciones, entre
ellas la resolución AG/RES.1249 (XXIII-O/93) “Situación de las personas con
discapacidad en el continente Americano”, la resolución AG/RES.1356 (XXV-O/95)
“Situación de los discapacitados en el continente Americano”, y la resolución
AG/RES.1369 (XXVI-O/96) “Compromiso de Panamá con las personas con discapacidad
en el continente Americano”, así como en diversas declaraciones, como la
Declaración de Managua de 1993 y la Declaración de Panamá de 2005, emanada de
la Cuarta Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Asociación de Estados
del Caribe;
TENIENDO PRESENTE ADEMÁS que en el ámbito
internacional se han adoptado diversos instrumentos que establecen lineamientos
relativos a la discapacidad, que se ocupan de la atención a las personas con
discapacidad y establecen sus derechos, en particular, la Convención de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006)
RECONOCIENDO Y RESPETANDO el carácter
pluricultural y multilingüe de personas con discapacidad en pueblos y culturas
indígenas y la importancia de su contribución al desarrollo, pluralidad y
diversidad cultural de nuestras sociedades; se reitera el compromiso de su
participación en este nuevo Programa de Acción Para el Decenio de las Américas
por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad (PAD) al 2026
para atender la interseccionalidad en todas sus variantes para alcanzar el
bienestar económico y social, respetando sus derechos humanos y su identidad
cultural;
VALORANDO la importancia que tiene la
Declaración de las Naciones Unidas “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible”, que contiene los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) 2015-2030 para impulsar el desarrollo y la inclusión social de
las personas con discapacidad de manera transversal y, de manera específica, en
algunos objetivos concretos;
RECORDANDO la Proclamación del año 1981 como
Año Internacional del Impedido, la Proclamación del Día Internacional de las
Personas con Discapacidad (1992), el Informe Final del Relator Especial de la
Comisión de Desarrollo Social sobre la vigilancia de la aplicación de las
Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad (1996), y la resolución 2005/65 de la Comisión de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas “Los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad”;
HABIENDO AVANZADO EN EL CUMPLIMIENTO del
Programa de Acción para el Decenio de las Américas por los Derechos y la
Dignidad de las Personas con Discapacidad, adoptado en el trigésimo sexto
período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, reunida en
Santo Domingo, República Dominicana, en junio de 2006; y
CONSIDERANDO la Resolución AG/DEC. 89
(XLVI-O/16), aprobada en la segunda sesión plenaria del cuadragésimo sexto
período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, celebrada el 14
de junio de 2016, mediante la cual se aprobó la extensión de un período de diez
años, hasta el año 2026; y la Resolución AG/RES. 2908 (XLVII-O/17) “Promoción y
Protección de Derechos Humanos” adoptada durante el cuadragésimo séptimo
período ordinario de sesiones de la Asamblea General, Capítulo x, p.104 y
P.105,
ADOPTAN
EL SIGUIENTE PROGRAMA DE ACCIÓN:
I. VISIÓN:
·
Para
el año 2026, los Estados Miembros consolidarán avances sustantivos en la
construcción de una sociedad inclusiva, solidaria, accesible para todos y
basada en el reconocimiento del goce y ejercicio pleno e igualitario de los
derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad,
eliminando los prejuicios, estereotipos y estigmas sociales, y las
discriminaciones múltiples hacia grupos en situación de vulnerabilidad y/o
históricamente discriminados que impidan su desarrollo y su plena y efectiva
participación e inclusión en la sociedad.
·
Las
personas con discapacidad deben ser reconocidas y valoradas por sus aportes
efectivos y potenciales al bienestar general, a la diversidad y al respeto de
su pluralidad, tanto en zonas urbanas como rurales; y al interior de los grupos
en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados.
II. MISIÓN:
Los Estados Miembros se comprometen a evitar
que las personas con discapacidad sean víctimas de discriminación múltiple,
prestando especial atención a la discriminación por razón de la pertenencia a
otros grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados
Los Estados Miembros se comprometen a
realizar programas a nivel nacional, regional y local, reconociendo,
promoviendo y protegiendo sus derechos humanos, para mitigar el impacto nocivo
de la pobreza y la desigualdad en las personas con discapacidad con relación al
resto de la población, dada su situación de vulnerabilidad, discriminación y
exclusión, reconociendo, promoviendo y protegiendo sus derechos humanos.
Los Estados Parte se comprometen a armonizar
su legislación interna con los principios y estándares del derecho
internacional de los derechos humanos en esta materia, plasmados en el Artículo
12 de la CDPD tal como ha sido interpretado por la Observación General 1 del
Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.
Los Estados Miembros se comprometen a adoptar
gradual e irreversiblemente las medidas administrativas, legislativas y
judiciales, así como las políticas públicas necesarias, hasta el máximo de sus
recursos disponibles y, cuando sea necesario, en el marco de la cooperación
internacional para lograr, de manera progresiva, el pleno ejercicio de los
derechos de las personas con discapacidad, sin perjuicio de los derechos que
sean aplicables de inmediato en virtud del derecho internacional para la
efectiva aplicación del presente Programa de Acción, derivado de la extensión
del Decenio de las Américas de las Personas con Discapacidad (al 2026), en el
orden jurídico interno, a fin de que las personas con discapacidad estén en
igualdad de condiciones con las demás y mejoren sus condiciones de vida.
Asimismo, se comprometen a remover las
prácticas administrativas, judiciales o de cualquier índole que no sean compatibles
con la visión y objetivos del PAD, adoptando de manera inmediata las medidas
conducentes para ello, con el fin de que las personas con discapacidad estén en
igualdad de condiciones con las demás.
III. OBJETIVOS:
1. Toma
de conciencia de la sociedad
Asegurar la promoción del
conocimiento de la situación de las personas con discapacidad, el
reconocimiento de todos sus derechos humanos, la protección de su dignidad, su
debida valoración, así como la eliminación de todas las formas de discriminación
y de todas las limitaciones de índole cultural y actitudinal, incluyendo los
prejuicios, estereotipos y estigmas sociales y las discriminaciones múltiples
por razón de la pertenencia a otros grupos en situación de vulnerabilidad y/o
históricamente discriminados que impidan su desarrollo y su plena y efectiva
participación e inclusión en la sociedad.
2. Salud
Ampliar, mejorar y asegurar el
acceso de las personas con discapacidad a los servicios de salud, incluyendo
servicios de salud sexual y reproductiva, en igualdad de condiciones con las
demás y asegurando que los servicios existentes incorporen la perspectiva de
discapacidad y, cuando corresponda, agregar la de otros grupos en situación de
vulnerabilidad y/o históricamente discriminados, particularmente a los
servicios requeridos como consecuencia de su situación de discapacidad,
incluidas la pronta detección e intervención, cuando proceda, y servicios
dirigidos a prevenir y reducir al máximo la aparición de nuevas deficiencias o
del agravamiento de las existentes. Se garantizará que todo servicio de salud
sea brindado sobre la base de un consentimiento libre e informado de la persona
con discapacidad. Asimismo, promover la investigación relacionada, con el
tratamiento, la rehabilitación y la prevención a fin de reducir al máximo la
aparición de nuevas discapacidades.
3. Rehabilitación
y habilitación
Promover sistemas
multidimensionales de rehabilitación y habilitación para personas con
discapacidad que contemplen su abordaje a lo largo de su ciclo de vida,
enfocándose en la temprana edad y la niñez, incentivando la disponibilidad, el
conocimiento y el uso de tecnologías de apoyo y dispositivos destinados a las
personas con discapacidad, y la formación de profesionales.
4. Educación
Asegurar y garantizar a las
personas con discapacidad el acceso, en igualdad de condiciones con las demás y
sin discriminación alguna, a una educación de calidad, con pertinencia cultural
e inclusiva, abarcando su ingreso, permanencia, progreso, evaluación, acreditación
y certificación en el sistema educativo a todos los niveles, así como la
enseñanza a lo largo de la vida, que facilite el desarrollo al máximo de su
personalidad, talentos y creatividad, así como su inclusión y participación
plena en todos los ámbitos de la sociedad.
5. Trabajo
y empleo
Garantizar la inclusión laboral
plena, digna y remunerada de las personas con discapacidad, en todas las
esferas de la actividad productiva, tanto en los sectores público como privado,
utilizando como base la formación técnica y profesional, así como la igualdad
de oportunidades de trabajo, incluyendo la disponibilidad de entornos
ocupacionales y laborables accesibles, de acuerdo con las normativas internas
de cada país, y asegurar la provisión de los ajustes razonables para tal
propósito.
6. Accesibilidad
Asegurar el acceso de las personas
con discapacidad, con autonomía y seguridad, tomando en cuenta la pertinencia
cultural, y en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico,
espacios, equipamientos urbanos, edificios, servicios de transporte y otros
servicios públicos o abiertos al público, tanto en zonas urbanas como rurales,
así como garantizar el acceso de las personas con discapacidad a los sistemas y
las tecnologías de la información y de las comunicaciones, cualquiera que sea
la plataforma tecnológica de la que se trate; lo que incluye tanto los
programas como los equipos de cómputo, su interacción y disponibilidad.
7. Participación
ciudadana, política y social
Asegurar a las organizaciones representativas
de las personas con discapacidad y a las personas con discapacidad su plena y
activa participación e inclusión, respetando su ideología política, y con
especial énfasis en las mujeres con discapacidad, a la vida pública y política,
incluyendo el ejercicio efectivo del derecho al sufragio, su postulación en
cargos de representación popular en todos los niveles, con materiales
electorales, procedimientos e instalaciones accesibles.
Asimismo, se promoverá y
garantizará su participación/ en la formulación, adopción y evaluación de
políticas públicas destinadas a proteger y promover sus derechos, en igualdad
de condiciones con las demás, así como promover y facilitar mediante distintas
formas de apoyo, su participación en organizaciones propias y que les
representen, incentivando la participación de personas con discapacidad de
zonas rurales y remotas, incluidas las pertenecientes a pueblos y comunidades
indígenas o afrodescendientes.
8. Participación
en actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas
Garantizar la participación de las
personas con discapacidad en la vida cultural y artística, el deporte, el
esparcimiento, la recreación y el turismo, y promover una cultura de turismo
accesible, así como cualquier otra actividad que promueva la inclusión social y
el desarrollo integral de los individuos en condiciones de igualdad. Asimismo,
se promoverá el uso de medios técnicos para desarrollar las capacidades
creativas, artísticas e intelectuales en sus diversas manifestaciones.
9. Desarrollo,
bienestar e inclusión social
Promover la inclusión y desarrollo
social de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones que las
demás, asegurando el acceso a los programas de bienestar y seguridad social, en
los que se incluya a sus familias; así como garantizar que en los programas de
reducción y erradicación de la pobreza que se emprendan, se tomen debidamente
en cuenta los gastos adicionales asociados a la condición de discapacidad.
10. Ejercicio
de la capacidad jurídica
Asegurar los apoyos y salvaguardas
para el ejercicio efectivo de la capacidad jurídica de las personas con
discapacidad.
11. Autonomía personal y vida independiente
Garantizar las condiciones
jurídicas y materiales para el goce pleno de la autonomía personal y la vida
independiente de las personas con discapacidad.
12. Acceso a la justicia
Asegurar que las personas con
discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las
demás, garantizando la provisión de los ajustes razonables para tal propósito.
13. Situaciones de emergencia, catástrofe y desastres
Garantizar la gestión integral de
las personas con discapacidad ante una situación de riesgo, tomando en cuenta
sus necesidades antes, durante y después de la emergencia, incluyendo sus
productos de apoyo o medios de asistencia personal a fin de salvaguardar la
autonomía, desplazamiento e independencia.
14. Vida libre de violencia
Garantizar que las personas con
discapacidad no sufran situaciones de violencia por ningún motivo y bajo ningún
contexto, asegurando la participación plena y efectiva de las organizaciones de
personas con discapacidad en la creación de mecanismos para la eliminación y el
abordaje de la violencia. Asegurar que las personas con discapacidad que han
sido víctimas de violencia y abuso tengan acceso igualitario a los mecanismos
de investigación y sanción de tales hechos, garantizando la provisión de los
ajustes razonables necesarios para tal propósito.
15. Cooperación
internacional
Asegurar la participación de las
organizaciones de las personas con discapacidad en todos los planes, programas
y proyectos de cooperación internacional como un instrumento eficaz de apoyo a
los esfuerzos regionales y nacionales, con el fin de generar la plena inclusión
y no discriminación contra las personas con discapacidad, evitando la
exclusión.
IV. ACCIONES CONCRETAS
1.
Toma de conciencia de la sociedad
A.
Educación y difusión
a)
Promover
el desarrollo de planes, programas y políticas públicas inclusivas en todos los
niveles del sistema educativo, dirigidos a:
1.
Crear
y fortalecer una cultura de percepción positiva del potencial humano,
autodeterminación e independencia individual, conocimientos, méritos,
habilidades y aportes a la sociedad de las personas con discapacidad,
promoviendo el respeto y la protección de su dignidad y de sus derechos.
2.
Incorporar
el enfoque de derechos humanos y discapacidad en los contenidos académicos y en
los programas de estudios, de una manera transversal, con especial énfasis en
la cuestión relativa a los grupos en situación de vulnerabilidad y/o
históricamente discriminados.
3.
Establecer
programas de formación dirigidos a los funcionarios públicos de todos los
poderes del Estado y al sector privado, sobre la promoción y la protección de
los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con
discapacidad, enfocados en la eliminación de términos peyorativos, estigmas
sociales, usos y costumbres que impliquen prejuicios arraigados, estereotipos y
actitudes discriminatorias contra las personas con discapacidad.
b)
Realizar
y mantener campañas de concientización pública sobre las personas con
discapacidad, incluyendo las siguientes acciones:
1.
Promover
una imagen positiva en los medios de comunicación locales y nacionales sobre
las personas con discapacidad, respetando la diversidad y fomentando la
igualdad de oportunidades, incluyendo una perspectiva de grupos en situación de
vulnerabilidad y/o históricamente discriminados.
2.
Incorporar
en las acciones o campañas de publicidad gubernamentales aquellas prácticas que
promuevan integralmente la inclusión social de las personas con discapacidad,
considerando criterios de accesibilidad.
3.
Crear
los mecanismos legales y judiciales para que las personas con discapacidad, a
través de las organizaciones que las representan, incidan respecto al uso de su
imagen en toda campaña de publicidad de instituciones públicas o privadas, en
cualquier medio o sistema de comunicación.
4.
Desarrollar
programas de concientización y capacitación respecto al Diseño Universal
dirigidos a los sectores público y privado.
B. Papel
de apoyo de la sociedad civil
Fomentar la creación de redes sociales,
grupos de apoyo comunitario o de voluntariado que promuevan el reconocimiento y
la protección de los derechos de las personas con discapacidad y su
participación plena y efectiva en la sociedad.
2.
Derecho a la salud
A. Promoción
y protección de la salud
a)
Garantizar
el acceso de las personas con discapacidad a los servicios de salud, en
condiciones de igualdad con las demás y con la debida atención a sus
necesidades específicas en razón de su discapacidad, en el entorno más
inclusivo posible, así como garantizar el acceso de las mujeres, niñas y
adolescentes con discapacidad a los servicios de salud, realizando los ajustes
razonables requeridos para asegurar un servicio integral de calidad.
b)
Garantizar
que los Estados adopten la legislación y medidas concretas y efectivas que
aseguren que todas las personas con discapacidad cuenten con procedimientos que
les faciliten brindar el consentimiento libre e informado para tratamientos
médicos; con la aplicación de medidas de accesibilidad, apoyos y ajustes
razonables.
c)
Proporcionar
a las personas con discapacidad programas y atención de salud gratuitos o a
precios asequibles, de la misma variedad y calidad que los que se proporcionan
a las demás, incluyendo al ámbito de la salud sexual y reproductiva, y los
programas de salud pública dirigidos a la población en general.
d)
Promover
la capacitación y accesibilidad de los establecimientos de atención de salud,
tanto en infraestructura y equipamiento como en recursos humanos, para la
atención de las personas con discapacidad.
e)
Garantizar
la debida y oportuna atención de la salud de calidad, a las personas con
discapacidad, tomando en consideración la pertenencia a grupos en situación de
vulnerabilidad y/o históricamente discriminados, y proporcionar, de forma
gratuita o a precios asequibles, los tratamientos y medicamentos necesarios,
así como prevenir el deterioro de la salud o el agravamiento de la deficiencia,
siempre respetando su autonomía y sobre la base de un consentimiento libre e
informado.
f)
Diseñar
e implementar estrategias educativas que promuevan estilos de vida saludables
para las personas con discapacidad.
g)
Asegurar
el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las
demás, al entorno físico, la información y las comunicaciones de los
establecimientos que brindan servicios de salud tanto en zonas urbanas, rurales
y territorios indígenas, incluyendo capacitación a los profesionales de salud
para transmitirla en un lenguaje sencillo, contemplando los servicios de
interpretación de lengua de señas y guías intérpretes.
h)
Promover
que toda la información que se provea desde el sector salud sea proporcionada
en modos, medios, formas y formatos accesibles y usables por las personas con
discapacidad.
3.
Rehabilitación y habilitación
A.
Rehabilitación
a)
Desarrollar
políticas y programas de rehabilitación integral que aseguren la plena
inclusión, participación y desarrollo de las personas con discapacidad.
b)
Promover
ante Organismos Internacionales y entidades regionales e internacionales de
financiamiento y cooperación, así como ante países cooperantes, que desarrollen
o financien actividades de investigación relacionada, con el tratamiento, la
rehabilitación y la prevención a fin de reducir al máximo la aparición de
nuevas discapacidades.
c)
Promover
la disponibilidad y acceso a ayudas técnicas y tecnológicas, biomecánicas,
dispositivos móviles y aplicativos (APT) especializados, para las personas con
discapacidad, tomando en cuenta su condición socioeconómica, geográfica y
cultural.
d)
Fortalecer
los servicios de habilitación y rehabilitación existentes, de manera que todas
las personas con discapacidad tengan acceso a los servicios que necesiten,
aledaños a su lugar de residencia, incluso en las zonas rurales, territorios
indígenas y afrodescendientes.
e)
Promover
estrategias de habilitación y rehabilitación basadas en la comunidad con
énfasis en los servicios de atención primaria de la salud, integradas en el
sistema de salud y ajustadas a las particularidades de cada país, con la
participación de organizaciones representativas de personas con discapacidad en
su diseño y ejecución.
f)
Promover
la adecuada formación de personal profesional y técnico para la atención
integral de todas las personas con discapacidad así como en su responsabilidad
ética en cuanto al respeto a la autonomía de las personas con discapacidad y la
obtención de su consentimiento libre e informado para cualquier tratamiento
médico.
g)
Promover
el desarrollo de programas específicos de formación y capacitación en el ámbito
nacional, para la producción y suministro, de equipos, ayudas técnicas y
biomecánicas, dispositivos móviles y aplicativos especializados, así como la
participación de las personas con discapacidad en dichos programas.
h)
Tomar
medidas para el establecimiento de compromisos y programas intersectoriales que
articulen acciones para el logro de la rehabilitación integral /de las personas
con discapacidad desde su infancia.
B.
Habilitación
a)
Promover
programas de estimulación temprana de calidad que tengan como objetivo
desarrollar el potencial y habilidades de los niños y niñas con discapacidad,
particularmente durante la primera infancia, de acuerdo con sus necesidades
específicas.
b)
Organizar
y ampliar servicios y programas generales de habilitación, en particular en los
ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales que
contribuyan a la inclusión y participación de las personas con discapacidad en
la comunidad.
4.
Educación
a)
Reafirmar
el compromiso de transitar de la educación especial a la educación inclusiva.
b)
Garantizar
la inclusión de las personas con discapacidad en el sistema educativo general,
en un entorno inclusivo y con una oferta educativa de calidad, considerando la
pertinencia cultural.
c)
Asegurar
que las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de
educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas y
adolescentes con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria
gratuita y obligatoria, ni de la educación secundaria, por motivos de
discapacidad. De igual forma, garantizar el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la formación técnica, superior y profesional, entre otras
acciones, promoviendo el otorgamiento de becas para tal fin.
d)
Asegurar
que las personas con discapacidad tengan acceso general a la educación
superior, la formación profesional, la educación para personas mayores, la
educación virtual, la educación en la igualdad de género, salud sexual y
reproductiva y el aprendizaje durante toda la vida, sin discriminación y en
igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados asegurarán que se
realicen los ajustes razonables necesarios.
e)
Proporcionar
los recursos didácticos y pedagógicos necesarios para atender las necesidades
educativas específicas de los estudiantes según su discapacidad, incluidos los
textos escolares y materiales de lectura en los modos, medios, formas y
formatos accesibles.
f)
Garantizar
la participación y la interacción de los estudiantes con discapacidad en todos
los ámbitos de la vida escolar y académica, así como de todas las actividades
extracurriculares; lo que incluye, entre otros, procurar su participación en
las decisiones que se toman en relación con los ajustes razonables en el
proceso enseñanza-aprendizaje y de evaluación.
g)
Erradicar
el analfabetismo en las personas con discapacidad mediante políticas públicas
efectivas.
h)
Implementar
el aprendizaje del Sistema de Lecto-escritura Braille, la escritura alternativa,
otras formas y modos de comunicación alternativa y aumentativa, habilidades de
orientación y de movilidad, el aprendizaje de la lengua de señas y la promoción
de la identidad lingüística y cultural de las personas sordas.
i)
Asegurar
a las personas sordas una educación de calidad e inclusiva, bilingüe, en
lenguas de señas y nativas, respetando la pluriculturalidad con características
locales, regionales y nacionales.
j)
Asegurar
la eliminación de las barreras físicas, comunicacionales, tecnológicas y
actitudinales que impiden el acceso de los estudiantes con discapacidad en
todos los niveles de la educación.
k)
Promover
la formación y la capacitación continua y especializada en educación inclusiva
a docentes de todos los niveles educativos y de otros profesionales que
favorezcan la formulación y el desarrollo de las políticas de educación
inclusiva, con énfasis en el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
l)
Garantizar
el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones a los
estudiantes con discapacidad, en el sistema educativo.
5.
Trabajo y empleo
a)
Garantizar
a las personas con discapacidad el derecho a un empleo decente y elegido de
forma autónoma e independiente en entornos laborales abiertos, inclusivos y
accesibles, de acuerdo con sus capacidades y competencias, con todas las
garantías de ley, las posibilidades de ascenso y promoción e igualdad salarial
con los demás, respetando sus derechos laborales y sindicales.
b)
Fortalecer
la inclusión laboral de las personas con discapacidad y las acciones
afirmativas en el desarrollo de la normativa, políticas públicas, planes y
programas en materia de empleo y desarrollo económico.
c)
Implementar
servicios nacionales de empleo que permitan la formación, capacitación,
intermediación, selección, adaptación del puesto, implementación de ajustes
razonables, permanencia y evaluación de las personas con discapacidad en el
mercado de trabajo.
d)
Promover
la creación de trabajos domiciliarios o a distancia (teletrabajo) utilizando
las tecnologías de la información y las comunicaciones como medio para
facilitar mayores oportunidades en los mercados laborales para las personas con
discapacidad.
e)
Promover
la contratación de personas con discapacidad en el sector privado mediante
políticas de acción afirmativa, incentivos fiscales, subsidios o
financiamientos especiales, entre otras acciones similares.
f)
Incentivar
oportunidades empresariales para personas con discapacidad, el trabajo
independiente, la constitución de cooperativas y la creación de micro y
pequeñas empresas, así como el fortalecimiento de las ya existentes.
g)
Estimular
a las entidades públicas y privadas para la adquisición y contratación de
bienes y servicios ofertados por las micro y pequeñas empresas de personas con
discapacidad.
h)
Apoyar
a las personas con discapacidad en el desarrollo de proyectos productivos y la
promoción de los productos de micro y pequeñas empresas, considerando la
creación de fondos y líneas de crédito flexibles para tales fines.
i)
Adoptar
medidas para garantizar que los trabajadores con discapacidad que laboren de
manera permanente o eventual como jornaleros agrícolas o en la construcción,
gocen de la protección que les confiera la legislación y las prácticas
nacionales con respecto a otros trabajadores de los mismos sectores, en el
marco de seguridad y salud en el trabajo, en particular a personas con
discapacidad pertenecientes a otros grupos en situación de vulnerabilidad y/o
históricamente discriminados.
j)
Promover
esfuerzos para asegurar que las acciones tendientes al reconocimiento de la
capacidad laboral de los trabajadores con discapacidad sean tomadas en
consideración en los acuerdos colectivos de los sindicatos.
k)
Implementar
políticas efectivas de apoyo al trabajo familiar o comunitario de las personas
con discapacidad.
l)
Toda
la información sobre oferta de empleo y/o concurso a cargos públicos; de
educación, formación y capacitación para el trabajo; desarrollo económico,
fomento y creación de pequeñas y medianas empresas y del sector solidario
deberá ser presentada en modos, medios, formas y formatos accesibles para cada
tipo de discapacidad. Las plataformas y sitios web deberán ser accesibles y
garantizar la interacción de las personas con discapacidad.
6.
Accesibilidad
a)
Garantizar
el cumplimiento de las normas técnicas de acceso al medio físico, al
transporte, a las comunicaciones y a las tecnologías de la información y las
comunicaciones, incorporando a las legislaciones nacionales y a las políticas
públicas entre otras, estándares internacionales, en concordancia con la
Observación General No. 2 (2014) respecto al Artículo 9 sobre accesibilidad,
del Comité de Seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas
con Discapacidad de Naciones Unidas.
b)
Impulsar
la adopción y/o fortalecimiento de medidas legislativas que sean necesarias
para:
1.
Garantizar
la accesibilidad a las personas con discapacidad de todos los bienes y
servicios que adquieran las instituciones públicas, garantizando su fácil uso e
interacción.
2.
Garantizar
la accesibilidad a las personas con discapacidad de todos los bienes y
servicios que se cofinancien con recursos públicos o de cooperación,
garantizando su fácil uso e interacción.
3.
Garantizar
a las personas con discapacidad, el acceso pleno a la información, comunicación
y gestión de servicios de interés público que se ofrecen a través de la red o
por medios electrónicos.
4.
Garantizar
a las personas con discapacidad la accesibilidad en el uso y manejo de los
sistemas de pago de forma personal y electrónica, de manera autónoma.
5.
Garantizar
a las personas con discapacidad el acceso a la información incorporada en los
distintos productos de consumo.
c)
Garantizar
la plena participación de las personas con discapacidad, en el diseño, ajuste,
implementación y seguimiento a la legislación, a las políticas públicas y a las
decisiones administrativas, en materia de acceso al medio físico, al transporte
y las tecnologías de la información y comunicación.
d)
Promover
la eliminación de las barreras urbanísticas y arquitectónicas existentes en
toda entidad pública.
e)
Tomar
medidas para asegurar que toda construcción o servicios e instalaciones de uso
público contemplen accesibilidad universal, y fomentar dicha práctica en el
sector privado.
f)
Promover
la eliminación de las barreras existentes en todos los medios de transporte
para facilitar el acceso de las personas con discapacidad, buscando garantizar
que la información relacionada con los sistemas de transporte considere el uso
de formas de transmisión de información tales como el lenguaje escrito, la
lengua de señas, el Sistema de Lecto-escritura Braille, la información
auditiva, la información gráfica y en alto relieve, el lenguaje sencillo y
otros medios alternativos y aumentativos de comunicación.
g)
Garantizar
el acceso autónomo e independiente de las personas con discapacidad a las TIC,
a los portales virtuales, a las páginas web, a los contenidos multimedia, a los
libros independientemente de su formato original, a internet y a las redes
sociales. Para ello, los Estados podrán considerar, según sea el caso, la
posibilidad de conceder subsidios, la exención de cualquier tipo de impuesto y
el acceso a planes de financiamiento destinados a la adquisición de estos
nuevos sistemas y tecnologías, de acuerdo con las necesidades de la persona con
discapacidad.
h)
Garantizar
los servicios de interpretación y traducción en lengua de señas y de guías
intérpretes para personas sordas, sordociegas y grupos lingüísticamente
minoritarios con discapacidad, impulsando la profesionalización y la
certificación necesaria de personas intérpretes, traductores y guías
intérpretes.
i)
Garantizar
instalaciones y servicios accesibles para personas con discapacidad desplazadas
por conflictos armados, desastres y emergencias, migración forzada o cualquier
otra razón que implique su desplazamiento.
j)
Garantizar
la disponibilidad y usabilidad de tecnologías adecuadas a un precio asequible
que garanticen el acceso independiente, autónomo e igualitario de las personas
con discapacidad a la información y las comunicaciones. Las mismas podrán
comprender dispositivos alternativos y aumentativos, subtitulados, lectores y
magnificadores de pantalla, así como otros sistemas de apoyo personal.
7. Participación ciudadana, política y social
a)
Asegurar
el ejercicio de los derechos y deberes ciudadanos y libertades fundamentales de
las personas con discapacidad armonizando cualquier normativa, política o
práctica que impida o dificulte su participación en el ámbito ciudadano,
político y social.
b)
Garantizar,
en igualdad de condiciones con los demás, la plena participación de las
personas con discapacidad en el acto del sufragio ya sea como elector o como
candidato, considerando los mecanismos de accesibilidad necesarios, incluyendo
la modalidad del voto asistido por una persona de su propia elección, el voto
electrónico y el voto a distancia, entre otros, adecuando los sistemas
electorales para tal fin.
c)
Promover
el acceso de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, a
cargos y funciones públicas de su país.
d)
Consultar,
de manera abierta y amplia, a las personas con discapacidad sobre el diseño,
elaboración, implementación y monitoreo de la legislación, decisiones
administrativas y políticas públicas, especialmente aquellas relacionadas con
la participación política, ciudadana y social, así como todas las decisiones
que les afecten de manera directa, incluyendo a las personas con discapacidad
pertenecientes a los grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente
discriminados.
e)
Promover
la participación y conformación de organizaciones de personas con discapacidad,
así como la coordinación entre las mismas, con el fin de fortalecer su
participación en el debate de las políticas públicas en todos los niveles, y
afianzar la defensa de sus intereses. Asimismo, promover la creación de un
mecanismo de financiamiento que permita a las organizaciones de las personas
con discapacidad, con representación de grupos en situación de vulnerabilidad
y/o históricamente discriminados, para fortalecer su gestión.
f)
Promover
políticas de formación y capacitación orientadas a las organizaciones que
representan a las personas con discapacidad, a fin de desarrollar sus
habilidades en la dirección de los asuntos públicos.
g)
Toda
la información sobre derechos humanos y libertades fundamentales; derecho
internacional humanitario y participación política, electoral y ciudadana,
deberá ser presentada en modos, medios, formas y formatos accesibles para cada
tipo de discapacidad.
h)
Promover
la participación de organizaciones representativas de personas con discapacidad
para que incidan en los partidos políticos, de manera que incluyan en sus
campañas y plataformas propuestas sobre el cumplimiento de los derechos de las
personas con discapacidad.
7.
Participación en actividades culturales, artísticas, deportivas y
recreativas
a)
Garantizar,
por medio de planes de acción nacionales, la inclusión de las personas con
discapacidad en las actividades culturales, artísticas, deportivas y
recreativas, así como asegurar su participación y la de sus organizaciones
deportivas y culturales en el diseño, adecuación, implementación y seguimiento
de la legislación, las decisiones administrativas y las políticas públicas del
deporte, la recreación, el entretenimiento y la cultura.
b)
Destinar
recursos para el fomento de las actividades culturales, tradicionales,
artísticas, deportivas y recreativas de las personas con discapacidad.
c)
Fomentar
la práctica deportiva de las personas con discapacidad en las modalidades de
alto rendimiento, recreativa, esparcimiento y bienestar, involucrando a las
entidades nacionales responsables de estos temas.
d)
Promover
la creación y sostenibilidad de entidades de deporte asociado de alto
rendimiento para personas con discapacidad, garantizando que cuenten con la
estructura institucional y el equipamiento correspondientes.
e)
Fortalecer
técnica, administrativa y financieramente a las organizaciones deportivas de
personas con discapacidad.
f)
Garantizar
el acceso y uso de instalaciones deportivas, materiales e implementos
accesibles para la práctica deportiva de las personas con discapacidad.
g)
Promover
condiciones de accesibilidad para el turismo, servicios recreativos y de
esparcimiento, espectáculos culturales, eventos deportivos y demás eventos
públicos.
h)
Promover
la capacitación de las personas con discapacidad para que trabajen en las áreas
del turismo, cultura, deporte y esparcimiento.
i)
Fomentar
la capacitación de los operadores de la infraestructura turística con respecto
al trato adecuado de las personas con discapacidad para evitar actitudes
subvalorativas que conlleven a la discriminación, restringiendo su acceso, uso
y disfrute.
j)
Garantizar
a las personas con discapacidad el acceso a todos los bienes y productos
culturales, independientemente de sus modos, medios, formas y formatos, como
textos impresos, danza, teatro y productos audiovisuales.
k)
Estimular
la formación y la profesionalización de las personas con discapacidad en las
áreas artísticas, y diseñar programas que fomenten la producción cultural de
las personas con discapacidad y la comunicación, divulgación y difusión de sus
obras y productos culturales.
l)
Garantizar
a los niños y las niñas con discapacidad el acceso, en igualdad de condiciones
con las demás, a instalaciones, planes, programas y servicios de recreación,
entretenimiento, cultura y deporte.
8.
Desarrollo, bienestar e inclusión social
a)
Asegurar
la participación de las personas con discapacidad en el desarrollo social y
económico, a través del fortalecimiento de sus capacidades y del fomento de sus
actividades productivas, sostenibles y sustentables.
b)
Garantizar
el acceso de las personas con discapacidad, en particular las pertenecientes a
grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados a los
programas de asistencia social y estrategias de reducción de la pobreza, considerando
debidamente los gastos adicionales causados o agravados por la condición de
discapacidad, considerando entre otras variantes el tipo de discapacidad.
c)
Asegurar
el acceso, en condiciones de igualdad, de las personas con discapacidad y sus
familias a los programas de seguridad alimentaria, agua potable, saneamiento
básico y vivienda, implementando a tales efectos acciones afirmativas que
aseguren su efectivo acceso y disfrute de derechos.
d)
Diseñar
mecanismos de equiparación de oportunidades que permitan amortiguar los costos
de los apoyos y las tecnologías que garanticen la autonomía, la independencia y
la seguridad de las personas con discapacidad para el disfrute de una vida
independiente.
e)
Toda
la información de planes, programas, proyectos sociales, de bienestar,
nutrición, seguridad alimentaria, agua potable, saneamiento ambiental y
vivienda, deberá ser presentada en modos, medios, formas y formatos accesibles
para cada tipo de discapacidad. Las plataformas y sitios web deberán ser
accesibles y deberán garantizar la interacción de las personas con
discapacidad.
f)
Generar
programas de desarrollo y asistencia para las familias de los niños, niñas y
adolescentes con discapacidad para asegurar que la pobreza no sea un
impedimento para su inclusión.
9.
Ejercicio de la capacidad jurídica
a)
Erradicar
el modelo de sustitución de la voluntad de las personas con discapacidad y
desarrollar las acciones pertinentes para proporcionar acceso al apoyo que
puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica tales personas, así
como en la toma de decisiones.
b)
Proporcionar
las salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos y asegurar el
respeto de los derechos, la voluntad y las preferencias de las personas con
discapacidad.
c)
Diseñar
e implementar un Programa de Capacitación Continua dirigido a todos los
operadores de justicia, en coordinación con instituciones especializadas en
temas referidos al reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con
discapacidad.
d)
Garantizar
a las personas con discapacidad el acceso a la información mediante sistemas y
servicios de apoyo y ajustes razonables para la toma directa de decisiones, a
fin de garantizar su libre ejercicio de la capacidad jurídica, empleando
visualización de textos, Sistema de Lecto-escritura Braille, comunicación
táctil, Macrotipo, dispositivos multimedia de fácil acceso, lenguaje escrito,
sistemas auditivos, subtitulación, intérpretes y traductores de lengua de
señas, nativas y guías intérpretes, materiales en lenguaje sencillo y
pictogramas, entre otras.
e)
Convocar
a las dependencias y entidades involucradas, así como a organizaciones que
representan a las personas con discapacidad y sus familias, para diseñar, crear
e implementar servicios de apoyo para las personas con discapacidad para el
ejercicio de su capacidad jurídica.
10.
Autonomía personal y vida independiente
a)
Garantizar
el derecho de las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, velando
porque tengan la oportunidad de elegir su lugar de residencia y con quién
vivir, en igualdad de condiciones con las demás.
b)
Promover
que las personas con discapacidad tengan acceso a servicios de asistencia
domiciliaria y otros servicios de apoyo de la comunidad para facilitar su
existencia y su inclusión en la comunidad y evitar su aislamiento.
c)
Los
Estados facilitarán por medio de programas públicos e incentivos fiscales el
acceso y usabilidad de tecnologías y equipamientos de apoyo para la vida
independiente; promoviendo mecanismos para la producción de éstas, a bajo costo.
11.
Acceso a la justicia
a)
Asegurar
que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de
condiciones con las demás.
b)
Garantizar
la existencia de normativa que facilite y posibilite la realización de
adecuaciones procedimentales cuando en un proceso judicial participe una
persona con discapacidad, en todas las etapas del mismo. Tales medidas deberán
considerar aspectos relativos a la accesibilidad, a la pertenencia a otros
grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados,
modalidad de discapacidad, entre otras.
c)
Garantizar
el acceso a la justicia mediante la formación y capacitación adecuada a quienes
trabajan en la administración de justicia, lo que incluye a los funcionarios
judiciales, personal de seguridad y penitenciario.
d)
Implementar
medidas efectivas para monitorear las condiciones en que se encuentran las
personas con discapacidad privadas de libertad en establecimientos
penitenciarios, con el fin de asegurar que la situación de discapacidad no sea
un agravante de la pena, en función de mayores restricciones a sus derechos o
una mayor limitación en las actividades que puedan desarrollar las demás
personas privadas de libertad. Se asegurarán los ajustes razonables y el
derecho a la rehabilitación, así como la eliminación de todas las formas de
discriminación.
12.
Situaciones de emergencia, catástrofe y desastres
a)
Incluir
en todos los planes y programas de prevención del riesgo y atención de
emergencias, catástrofes y desastres la perspectiva transversal de la
discapacidad, prestando especial atención a los grupos en situación de
vulnerabilidad y/o históricamente discriminados.
b)
Asegurar
que todas las campañas masivas de difusión y prevención se presenten en modos,
medios, formas y formatos accesibles para cada tipo de discapacidad.
c)
Asegurar
la capacitación en la temática a los agentes públicos y cuerpos de respuesta
ante las emergencias.
d)
Asegurar
que, en la realización de simulacros, elaboración de protocolos de atención,
guías y manuales se considere la participación de las personas con
discapacidad.
e)
Asegurar
que en los planes de contingencia nacionales y locales se incorporen e
identifiquen centros de atención y evacuación que sean accesibles para el
acceso y uso por personas con discapacidad.
f)
Promover
la implementación de un registro voluntario de personas con discapacidad que
facilite su identificación en casos de emergencia, catástrofe o desastres.
g)
Promover
que los canales de ayuda humanitaria incluyan equipamiento, productos y
elementos que consideren la atención de personas con discapacidad.
h)
Incluir
la perspectiva de la discapacidad en los procesos de reconstrucción posteriores
a emergencias, catástrofes y desastres, aplicando principios de accesibilidad y
diseño universal, prestando atención a las necesidades específicas de las
personas con discapacidad.
13.
Vida libre de violencia
a)
Asegurar
que todas las instituciones públicas y privadas que se encargan de la
prevención, protección, defensa y reparación debida a la explotación, violencia
y abuso de los grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente
discriminados incluyan en todas sus políticas, programas, planes, proyectos,
acciones, garantías para la protección, defensa, reparación, asistencia y
servicios de calidad accesibles a las personas con discapacidad.
b)
Implementar
medidas para prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida
en el ámbito público o privado contra las personas con discapacidad, en
particular la violencia obstétrica hacia las mujeres con discapacidad.
c)
Establecer
mecanismos, medidas y políticas integrales de atención y protección de las
víctimas con discapacidad, así como para la reparación del daño causado.
d)
Incorporar
la negación de los ajustes razonables en cualquier ámbito de la vida de las
personas con discapacidad, como un acto discriminatorio.
e)
Realizar
campañas de difusión, en modos, medios, formas y formatos accesibles, que
visibilicen la situación de mayor vulnerabilidad y riesgo de violencia en que
se encuentran las personas con discapacidad, en especial los grupos en
situación de vulnerabilidad y /o históricamente discriminados.
f)
Promover,
coordinar y fortalecer redes y mecanismos de articulación a nivel
intergubernamental, intersectorial, de organizaciones de personas con
discapacidad y del sector privado, para la atención y prevención de todo tipo
de violencia hacia las personas con discapacidad.
g)
Incluir
modos, medios, formas y formatos accesibles en las campañas generales de
concientización acerca de los diferentes tipos de violencia, así como de la
prevención, denuncia y sanción de la misma.
h)
Diseñar,
implementar, ejecutar y monitorear los planes, programas y proyectos de los
mecanismos nacionales de protección contra la tortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes, para la educación, concientización y
prevención de todas las formas de tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes contra las personas con discapacidad, enfatizando las
medidas de acción en las personas con discapacidad institucionalizadas o
residentes en instituciones de acogida o afines.
i)
Prevenir,
prohibir y sancionar el maltrato, el abuso sexual y la explotación de las
personas con discapacidad, especialmente en el ámbito intrafamiliar e
institucional, en particular los grupos en situación de vulnerabilidad y/o
históricamente discriminados con discapacidad, en el marco de las normativas
nacionales.
14.
Cooperación internacional
a)
Promover,
desde el marco de la OEA y en el ámbito internacional, programas y proyectos de
intercambio de experiencias e información, formación, creación de capacidad y
fortalecimiento institucional entre los Estados, organizaciones multilaterales,
el sector privado, organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones que
representan a las personas con discapacidad.
b)
Promover
y fomentar otras iniciativas de cooperación entre los Estados Miembros de la
OEA, como mecanismo genuino de solidaridad americana, para diseñar y ejecutar
programas y proyectos que faciliten el intercambio de experiencias e
información, fortaleciendo la capacidad humana e institucional, con la
colaboración y participación de las organizaciones multilaterales y
organizaciones de personas con discapacidad.
c)
Promover
la formación de un fondo de contribuciones voluntarias que permita la
participación de las personas con discapacidad en foros en la materia, para
fortalecer sus capacidades.
d)
Encomendar
a los órganos, organismos y entidades de la OEA, así como otros organismos
interamericanos, que colaboren con la Secretaría General en todos los aspectos
de planificación e implementación en materia de discapacidad.
e)
Alentar
a las organizaciones de y para personas con discapacidad especializadas en la
materia a apoyar a la Secretaría y a los Estados miembros, en la implementación
del Programa de Acción, de conformidad con las Directrices para la participación
de la sociedad civil en las actividades de la OEA, así como su seguimiento y
valoración general y específica de los avances de los Estados, amparadas en el
inciso tercero del Art. 33 de la CDPD.
f)
Asegurar
que todos los proyectos de cooperación internacional impulsados, promovidos,
financiados o cofinanciados con recursos del Sistema Interamericano o de los
organismos multilaterales, garanticen el desarrollo inclusivo y sustentable de
las personas con discapacidad.
g)
Impulsar,
promover y crear mecanismos que aseguren el intercambio transfronterizo de
bienes y productos culturales y tecnológicos accesibles para las personas con
discapacidad.
h)
Toda
la información relacionada con proyectos y programas de cooperación
internacional deberá ser presentada en modos, medios, formas y formatos
accesibles para cada tipo de discapacidad. Las plataformas y sitios web deberán
ser accesibles y deberán garantizar la interacción de las personas con
discapacidad.
V. ESTRATEGIAS
1.
Los
Estados asumen el compromiso político de poner en práctica este Programa de
Acción, incorporándolo a los correspondientes planes nacionales, para lo cual
asignarán los recursos necesarios y asegurarán su oportuna y debida ejecución,
seguimiento y evaluación.
2.
Sin
perjuicio de adoptar las medidas nacionales necesarias, los Estados revisarán,
armonizarán, actualizarán y mejorarán su legislación con el fin de adecuarla
con una visión continental para hacer efectivo este Programa de Acción y
compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos.
3.
En
la preparación, desarrollo e implementación de las normas legislativas
correspondientes, los Estados trabajarán en estrecha colaboración con las
personas con discapacidad y con organizaciones de y para personas con discapacidad.
4.
Los
Estados impulsarán el fortalecimiento de las organizaciones de personas con
discapacidad, con el propósito de generar capacidad de acción para fortalecer
las iniciativas estatales y crear condiciones óptimas para la generación de
políticas públicas que garanticen el cumplimiento de los derechos y el respeto
a la dignidad inherente de las personas con discapacidad.
5.
Los
Estados promoverán la formación o fortalecimiento de organismos gubernamentales
de coordinación y aplicación de los tratados internacionales y del presente
Programa de Acción, en cumplimiento de las obligaciones internacionales y los
Objetivos de Desarrollo Sostenible vinculantes a las personas con discapacidad.
6.
Promoción
de la formación o el fortalecimiento de organismos gubernamentales que cumplan
con los Principios de París para la protección de los Derechos de las Personas
con Discapacidad.
7.
Promoción
de la armonización regional de las normas y metodologías de recolección de
información y estadísticas desagregadas, así como la utilización de una
clasificación estandarizada de las clases, tipos y subtipos de discapacidades,
teniendo en cuenta las clasificaciones formuladas por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) y el Grupo de Washington sobre la Medición de la Discapacidad
(WG), para contar con bases de datos nacionales comparables y estandarización
de la información estadística, con indicadores de la calidad de vida de las
personas con discapacidad que coadyuven a la formulación de políticas públicas
efectivas, así como en la comparabilidad en la región.
8.
Fortalecimiento
de los mecanismos de acceso de información gubernamental al público,
transparencia y rendición de cuentas que faciliten los procesos de seguimiento
y evaluación de la aplicación de políticas públicas a favor de las personas con
discapacidad.
9.
Garantizar
el respeto de la confidencialidad y el debido uso de la información
estadística, la cual nunca podrá ser utilizada en contra de los derechos de las
personas con discapacidad.
10.
Asignación
del acompañamiento, monitoreo y seguimiento del presente Programa de Acción, a
un mecanismo independiente con participación de los Estados y las
organizaciones de y para personas con discapacidad, cuyo propósito será
realizar la planificación de actividades conducentes al logro de sus objetivos
y acciones concretas, así como brindar apoyo técnico a los Estados Miembros y
la Secretaría Técnica.
11.
Establecer,
a partir del presente Programa de Acción del Decenio, metas e indicadores para
cada objetivo y sus correspondientes acciones concretas, con el fin de asegurar
una mejor ejecución e impacto favorable en el mejoramiento de las condiciones
de vida de las personas con discapacidad de las Américas.
12.
Se
requerirán informes periódicos y realizarán diálogos interactivos con los Estados
partes, en coordinación y en la medida que sea pertinente, con el Comité para
la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con
Discapacidad (CEDDIS).